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Recomienda su regreso al penal de Tecpan
Se
violan los derechos humanos de los presos enviados a Acapulco:
Codehum
*
Es inconstitucional calificarlos de alta peligrosidad, dice *
Plantea que se investigue la responsabilidad del juez Van
Meeter, del agente del MP Carvajal Valdovinos, del comandante de
la PJ Delgado Bahena, y del director de la cárcel tecpaneca,
Sandoval Hernández * Envía la recomendación a los titulares
del TSJ, PGJE y Seguridad Pública
Zacarías
Cervantes, corresponsal, Chilpancingo * La Comisión de Defensa
de los Derechos Humanos (Codehum) recomendó al presidente del
Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Raúl Calvo Sánchez; al
procurador de Justicia del estado, Jesús Ramírez Guerrero y al
secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, Arturo
Lima Gómez, el regreso al penal de Tecpan de los cinco
presuntos implicados en el asesinato del testigo de la guerra
sucia, Zacarías Barrientos Peralta.
La
recomendación CODDEHUM-VG/018/2004-III, obedece a la queja que
presentaron los presos Isaías Martínez Gervasio, Apolinar Martínez
Barrientos, Ramiro Rosas Contreras, María de Jesús Martínez
Reyes y Benito Salgado Aguirre, por su traslado sin justificación
del penal de Tecpan al de Acapulco.
En
esa queja los presos inconformes señalaron que el traslado se
debe a la petición formulada por las autoridades de la
Procuraduría General de Justicia del Estado, al considerarlos
personas de “alta peligrosidad” y de pertenecer a “grupos
armados”, así como a la “apreciación subjetiva de que el
reclusorio de Tecpan de Galeana no cuenta con las medidas de
seguridad adecuadas, en lo que indebidamente se basa el juez de
la causa para ordenar el traslado, pasando por alto su derecho
de acceso a la justicia y a contar con un debido proceso penal,
así como la circunstancia de que en su carácter de procesados
deben ser juzgados y estar recluidos en el establecimiento de
prisión preventiva del distrito judicial en el cual hayan
sucedido los hechos materia del juzgamiento”.
Por
lo tanto, el organismo de derechos humanos consideró que con la
actuación de dichas autoridades se vulneraron los derechos
humanos de los quejosos.
“Máxime
que como motivo para solicitar el traslado de los quejosos, los
califican como de alta peligrosidad, adjetivo que en nuestra
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se
encuentra regulado, sino sólo contempla a personas responsables
por su conducta de acuerdo con las leyes penales”.
“Es
conveniente –agrega la recomendación– dejar claro que en un
Estado democrático, con una cultura de derechos humanos, no se
atribuye ninguna consecuencia jurídica al opinable señalamiento
que se haga a alguien como
“peligroso”, lo cual contraviene la prohibición del
artículo 22 constitucional, además el uso de este criterio
calificativo de la personalidad significa extender el alcance de
lo determinado en las sentencias judiciales, a partir de
consideraciones de índole subjetivo como las adoptadas por las
autoridades señaladas como responsables en este caso, lo
anterior en detrimento de las garantías individuales de los
internos”.
Con
base en ello considera que se violaron los derechos humanos
tanto de los internos como de sus familiares, “al haber
constituido un ejercicio arbitrario de facultades
administrativas, contrario a los ordenamientos legales e
instrumentos internacionales”.
Por
ello, la Codehum recomienda al magistrado presidente del
Tribunal Superior de Justicia del Estado, Raúl Calvo Sánchez
girar sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se
inicie un procedimiento administrativo para determinar la
responsabilidad en que incurrió el juez Adolfo Van Meeter Roque
“al apartarse de los lineamientos establecidos” en la
Constitución General de la República Mexicana, al ordenar el
traslado de los cinco quejosos.
Asimismo
recomienda que provea las medidas necesarias, para el efecto de
que en este caso no se retarde el proceso que se les sigue a los
quejosos, “ya que la justicia debe ser pronta y expedita, de
conformidad con los principios regulados por el artículo 17
constitucional”.
Mientras
tanto, al procurador Jesús Ramírez Guerrero se le recomienda
girar sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se
inicie el procedimiento administrativo de investigación en
contra del agente del Ministerio Público del fuero común
adscrito al juzgado penal del distrito judicial de Galeana,
Ascensión Carvajal Valdovinos, y al
comandante de la Policía Judicial del Estado, Bertoldo
Delgado Bahena; el primero “al apartarse de los lineamientos
establecidos por el artículo 18, primer párrafo, de la
Constitución General de la República Mexicana, al solicitar el
traslado de los quejosos a un reclusorio diferente, no obstante
de estar procesados; sin contar para ello con pruebas
indubitables sobre el grado de “alta peligrosidad” que hizo
valer, mientras que el segundo “por irregularidad en la función
pública”.
También
se le pide que instruya a quien corresponda y se provean las
medidas necesarias, para el efecto de que los cinco detenidos
sean trasladados del reclusorio de Acapulco, donde actualmente
se encuentran al similar de Tecpan de Galeana “a efecto de
corregir las irregularidades en que incurrió el agente del
Ministerio Público adscrito al juzgado penal del distrito
judicial de Galeana, y garantizarles una impartición de
justicia pronta y expedita”.
Al
secretario de Seguridad Pública, Arturo Lima Gómez, la
Coddehum le pide instruir procedimiento administrativo interno
de investigación al director del Centro Preventivo de Reclusión
de Tecpan de Galeana, Misael Sandoval Hernández, “ por haber
violentado los derechos humanos de los quejosos y por la
irregularidad en el ejercicio de la función pública en que
incurrió.
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